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lunes, 18 de junio de 2012


Segundo Mandamiento

EL SEGUNDO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES:
NO TOMARAS EL NOMBRE DE DIOS EN VANO.


El segundo mandamiento prohibe todo uso inconveniente del nombre de Dios.
Toma el nombre de Dios el que jura , pues jurar es poner a Dios por testigo de la verdad de lo que se dice.
Para que el juramento sea lícito debe reunir las tres condiciones: que sea con verdad, que sea con justicia, y que haya verdadera necesidad . No es lícito jurar con duda . Debes estar moralmente cierto. La certeza moral excluye toda duda razonable, pero no excluye en absoluto el temor a equivocarse. Con todo, cuando se declara ante un tribunal se debe tener absoluta certeza de la cosa: como ocurre con lo que se conoce por propia experiencia, o se ha oído de personas que ofrecen total garantía. En este segundo caso hay que dejar bien claro que lo que se jura es haberlo oído a personas dignas de crédito. El que jura con mentira peca gravemente, si advierte que jura y sabe que miente. Poner a Dios por testigo de una falsedad es injuriarle gravemente.
Jurar sin justicia es jurar hacer algo malo o que sea en perjuicio del prójimo. El pecado será grave o leve según que lo que se jure sea grave o sea levemente ilícito.
Si lo que se ha jurado es malo, no se puede cumplir. Serían dos pecados. Uno por jurar una cosa mala, y otro por hacerla. Quien ha jurado hacer algo malo, debe dolerse de hacerlo jurado y no cumplirlo. Jurar sin necesidad es jurar sin tener motivo razonable para ello; como los que juran por costumbre.
El que jura con verdad pero sin necesidad, por costumbre, sin darse cuenta, no comete pecado grave; pero tiene que corregirse de su mala costumbre.
Para que haya verdadero juramento es necesario que haya intención de jurar y fórmula juratoria.
Quien finge jurar pronunciando la fórmula sin intención de jurar, peca porque esto es una injuria a Dios.
La verdadera fórmula juratoria debe incluir, implícita o explícitamente la invocación a Dios en testimonio de la verdad, v.gr.: te juro por Dios que... . Expresiones como: si nos verdad que me muera , por la salud de mi madre , etc., deben considerarse como fórmulas juratorias que suponen poner a Dios por testigo de la verdad, y que en caso contrario Él se encargará de castigar la mentira. Frases que a veces se usan en la conversación como júramelo , te lo juro , etc., no deben considerarse siempre como verdadero juramento, pues no tienen intención de jurar.
Pero es una fea costumbre que debe corregirse. Muchas personas juran por simple muletilla. Esto es indecoroso. Si quieres, puedes decir palabra de honor . Esto no es jurar; y debe bastar para reforzar tu afirmación. A quien no le baste esto, te ofende.
Peca, además, contra este mandamiento el que dice cosas contra la Religión, y el que dice blasfemias.
Blasfemia es toda expresión insultante contra Dios, la Virgen, los Santos o cosas sagradas: ya sea con palabras, gestos, signos, dibujos, etc.
La blasfemia es un pecado diabólico.
No hay que confundir las blasfemias -palabras injuriosas con las que se insulta a Dios, la Virgen, etc.- con las palabras feas, que solemos llamar palabrotas y tacos.
También peca contra este mandamiento quien no cumple sus votos o promesas hechas a Dios para reforzar nuestras súplicas y manifestar nuestro agradecimiento.
El voto es una promesa hecha a Dios libre y deliberadamente, con la intención de obligarse bajo pecado, de una cosa posible, buena y mejor que su contraria . Hay obligación de cumplirlo bajo pecado grave o leve, según como uno se haya comprometido. Sin embargo, una cosa ligera no puede hacernos contraer una obligación grave.
No hay que confundir los votos y promesas con los ofrecimientos que se hacen a Dios sin intención de obligarse a cumplirlos bajo pecado. Antes de hacer un voto o promesa, deberías consultar con una persona prudente: por ejemplo, con un sacerdote. Y si no has podido hacerlo antes, hazlo después por si conviene que te lo dispense o te lo conmute.

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