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jueves, 5 de julio de 2012

Synodia.org



Les presento este portal. Me parece muy interesante por la cantidad de recursos que presenta.

Al costado izquierdo tenemos una serie de recursos para ejercitar nuestra piedad y el amor a María.

Nos presenta las principales horas del oficio divino, que nos pueden ser de gran utilidad para mantenernos en presencia de Dios en el transcurso de nuestra jornada. Ya que el mundo actual exige que pasemos frente a un computador muchas horas, bien podríamos disponer de unos minutos y rezar alguna hora del oficio.

Luego, en el mismo costado izquierdo, tenemos una gama de softwares, que se nos dejan a disposición, para que a través  de nuestra computadora, podamos profundizar en el conocimiento de Dios y amarlo más, ya que nadie ama la que no conoce.

Especialmente novedoso resulta el software sobre los cometarios a los evangelios, ya que posee trece mil comentarios de los padres de la Iglesia.
A su vez nos presenta también una lista de las principales páginas católicas, lo cual resulta muy útil, porque nos permite movernos por el mundo católico de forma ágil y directa.



Sin embargo lo mas interesante, son los recursos que se encuentran en el centro de la página.
Tenemos en primer lugar un buscador católico que nos permite obtener información sobre un tema determinado, procedente de una serie de paginas webs católicas o incluso del mismo google.


Y, además, nos presenta un listado de las principales noticias católicas, de las principales agencias ( Noticias Eclesiales, Aciprensa, Catholic news agency, Vatican information service y L’obsservatore  Romano). Lo cual es de mucha conveniencia porque nos permite en una sola pagina tener todas las noticas referentes al ámbito católico.


Luego, debajo de las noticias, nos presenta la lectura del Oficio Divino, lo cual nos puede poner a tono con la Espiritualidad de la Iglesia.



Finalmente un recurso que me agradó mucho son la cantidad de E-books que  la página nos facilita.


Por todo esto les recomiendo que le echen un ojo a esta página.





lunes, 2 de julio de 2012


La eutanasia otra vez en la boca de las personas
La eutanasia es un tema que actualmente ha vuelto a colocarse en el centro del debate público, debido a la aprobación de la “ley  de muerte digna” en la hermana nación de la Argentina, el 10 de Mayo del 2012.

Pero antes de tomar una postura frente a tan delicado tema, es bueno al menos tener una cierta noción de lo que realmente implica dicho termino, ya que, en repetidas ocasiones, como con muchos otros temas, formulamos nuestras argumentaciones con una o dos ideas que hemos escuchado al paso, y no luego de una investigación de parte nuestra. Esto, muchas veces podría resultar bastante  si sentido, ya que disponemos de toneladas de información, toda a nuestra alcance con solo un click. 
Empecemos  definiendo lo qué es la eutanasia. Etimológicamente, eutanasia (del griego "eu", bien, "Thánatos", muerte) no significa otra cosa que buena muerte, bien morir, sin más. 

Sin embargo, esta palabra ha adquirido desde antiguo otro sentido, algo más específico: procurar la muerte sin dolor a quienes sufren. Pero todavía este sentido es muy ambiguo, puesto que la eutanasia, así entendida, puede significar realidades no sólo diferentes, sino opuestas profundamente entre sí, como el dar muerte al recién nacido deficiente que se presume que habrá de llevar una vida disminuida, la ayuda al suicida para que consume su propósito, la eliminación del anciano que se presupone que no vive ya una vida digna, la abstención de persistir en tratamientos dolorosos o inútiles para alargar una agonía sin esperanza humana de curación del moribundo, etc. 
Por tanto, detenernos sólo en la idea de que la eutanasia implica procurar la muerte sin dolor a quienes sufren es contradictorio. Esto ha conducido hoy en día a entenderla como el llamado homicidio por compasión, es decir, el causar la muerte de otro por piedad ante su sufrimiento o atendiendo a su deseo de morir por las razones que fuere. 

Sin embargo, en el debate social acerca de la eutanasia, no siempre se toma esta palabra en el mismo sentido, e incluso a veces se prefiere, según el momento, una u otra acepción para defender tal o cual posición. Esto produce con frecuencia la esterilidad del debate y, sobre todo, grave confusión en el común de las gentes. 
Esto lleva a que nos revisemos a nosotros mismo, para descubrir que es lo que entendemos por eutanasia ya que según la significación que le demos, nos resultará un crimen inhumano o un acto de misericordia solidario.
No se puede ignorar, sin embargo, que en el debate público también se da no pocas veces, por parte de los patrocinadores de la eutanasia, una cierta manipulación - querida o no - de las palabras, cuyo resultado es presentar ante la opinión pública la realidad de la eutanasia como algo más inocente de lo que es (se dice "muerte dulce", "muerte digna"), y propiciar así su aceptación social; como si no existiera, o fuera secundario, el hecho central de que en la eutanasia un ser humano da muerte a otro, consciente y deliberadamente, por muy presuntamente nobles o altruistas que aparezcan las motivaciones que lo animen a ejecutar tal acción y por poco llamativos que sean los medios que utilice para realizarla. 

Todo esto no quiere decir que el debate sobre la eutanasia dejaría de existir si todos hablásemos de lo mismo y otorgásemos al término idéntico significado. El debate también se produciría aun cuando por eutanasia todos entendiesen una sola cosa: el causar la muerte de otro, con su consentimiento o no, para evitarle dolores físicos o padecimientos de otro tipo, considerados insoportables. 
Ahora, si entendemos  la eutanasia de esta manera, ¿no sería cosificar al ser humano, de ser un ser único e irrepetible, y, por tanto, de poseer un valor personal reducirlo a una cosa de la que se puede disponer como mejor convenga según las circunstancias? Y por tanto ¿no resultaría siempre una forma de homicidio? 
Y es que esta es la mejor definición de eutanasia, ya que esta contiene los elementos esenciales que la configuran:
1.- Que la muerte ha de ser el objetivo buscado, ha de estar en la intención de quien practica la eutanasia: no es eutanasia, por tanto, el aplicar un tratamiento necesario para aliviar el dolor, aunque acorte la expectativa de vida del paciente como efecto secundario no querido, ni puede llamarse eutanasia al resultado de muerte por imprudencia o accidente; 
2.- Que puede producirse por acción (administrar sustancias tóxicas mortales) o por omisión (negarle la asistencia médica debida); ha de buscarse la muerte de otro, no la propia. Por lo cual no se considera el suicidio como forma peculiar o autónoma de eutanasia.

Alguien, sin embargo, podría pensar que este significado es muy estricto, a lo cual se puede responder que más que estricto es preciso, ya que, sólo definiendo con precisión un término, la realidad por él explicada, llega con la mayor claridad posible a la mente del interlocutor; y además , porque este significado coincide también con lo que los patrocinadores de la legalización de la eutanasia quieren que prospere: que se legitime el que un hombre dé muerte a otro dadas ciertas circunstancias. 


Se debe aún hacer una aclaración, esta es respecto a la distanasia o encarnizamiento terapéutico, la cual busca frente a todos los medios aplazar durante un tiempo la muerte que ya es inevitable, añadiendo a los sufrimientos propios de la enfermedad otros, producto de estos tratamientos,  generando unas condiciones lamentables para el enfermo.
Esto nos hace pensar en los casos famosos que llegaron ante los tribunales, como son el de Terri Schiavo y Eulana  Englaro. Ambas mujeres murieron por inanición y deshidratación días después de que se les suspendiera los cuidados básicos de alimentación e hidratación por medio de sondas, luego de que las autoridades decidieran aplicar la eutanasia.


Esto, por ejemplo, nunca podría considerarse encarnizamiento terapéutico, ya que, si bien es cierto, llevaban muchos años conectadas a sondas, no murieron por consecuencias de su propia enfermedad, sino de hambre o de sed, con lo cual se cometió eutanasia  al quitarles deliberadamente  la vida.


Para finalizar podemos citar los principales argumentos para justificar la eutanasia los cuales son principalmente los siguientes:
·el derecho a la muerte digna, expresamente querida por quien padece sufrimientos atroces; 

·el derecho de cada cual a disponer de su propia vida, en uso de su libertad y autonomía individual; 


·la necesidad de regular una situación que existe de hecho. Ante el escándalo de su persistencia en la clandestinidad; 

· el progreso que representa suprimir la vida de los deficientes psíquicos profundos o de los enfermos en fase terminal, ya que se trataría de vidas que no pueden llamarse propiamente humanas; 



·la manifestación de solidaridad social que significa la eliminación de vidas sin sentido, que constituyen una dura carga para los familiares y para la propia sociedad. 

No todos los partidarios de la eutanasia comparten todos estos argumentos; pero todos, en cambio, comparten los dos primeros, y a menudo el tercero. 

En conclusión, podemos decir que muchos de los que favorecen la legalización de la eutanasia desconocen su significado con precisión, y, otros muchos, se han encerrado en una postura reduccionista del hombre, que le otorga a este, un valor instrumental (de cosa), desentendiéndose de su valor único e irrepetible. Cuando caemos en cuenta de esta hermosa realidad, la eutanasia resultada menos atractiva y su justificación tiene menos sentido.

   

lunes, 18 de junio de 2012

Décimo Mandamiento
 EL DÉCIMO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES:

NO CODICIARAS LOS BIENES AJENOS.


Este mandamiento está contenido en el séptimo. Pero insiste en que también se puede pecar deseando tomar lo ajeno. Se trata, naturalmente, de un deseo desordenado y consentido. Eso no quiere decir que sea pecado el desear tener, si pudieras lícitamente, una cosa como la de tu prójimo.
Este mandamiento no prohíbe un ordenado deseo de riquezas, como sería una aspiración a un mayor bienestar legítimamente conseguido; manda conformarnos con los bienes que Dios nos ha dado y con los que honradamente podamos adquirir.

Pero sí sería pecado murmurar con rabia contra Dios porque no te da más; y tener envidia de los bienes ajenos

La autoridad debe poner los medios para fomentar una mejor prosperidad pública y mejorar el nivel de vida del pueblo, con una justa distribución de la riqueza. Los padres deben procurar los bienes convenientes para asegurar a sus hijos un buen porvenir. Los poseedores de riquezas deben cuidar de su mayor rendimiento y de su acertada inversión para crear otras fuentes de riqueza y nuevos puestos de trabajo, en conformidad con las necesidades del bien común.

Todos debemos cooperar, con nuestro trabajo, al mayor bienestar y prosperidad pública y privada.

Pero el deseo de riquezas debe estar moderado por la virtud de la justicia distributiva y social. Y no podemos aspirar a ellas sino por medios lícitos y con fines honestos. El deseo inmoderado de riquezas con fines egoístas y medios injustos provoca luchas sociales e incluso guerras entre las naciones.

Codicia es la idolatría del dinero. Es un deseo de poseer sin límites que lleva a la explotación del prójimo, o a no compartir los bienes propios con los necesitados.

El ansia de dinero puede esclavizar lo mismo al que lo tiene que al que no lo tiene.

La Iglesia exalta el desprendimiento de los bienes de este mundo. Pero esto no se opone al progreso que tiende a hacer desaparecer la miseria que impide practicar la virtud de algunos sectores sociales.

Los trabajos fisiológicos de Bert sobre el oxígeno, necesario para nuestras células, han demostrado que si están faltas de él, padecen y mueren; pero un exceso, también les es nocivo, porque les resulta convulsivo(882).

Es decir, que nuestro organismo está hecho para una medida; y lo mismo resulta nocivo una carencia que un exceso. Lo mismo que ocurre con el oxígeno, ocurre con el azúcar, el calor o la libertad. Tan perjudicial es una carencia como un exceso. Y también con los bienes materiales.

Lo mismo que hay un mínimo económico vital, debería fijarse un máximo vital no sobrepasable para poder permanecer en el equilibrio humano.

En los países donde el progreso ha alcanzado metas altísimas, y una libertad de costumbres sin freno, han resultado hombres cansados de vivir. Por eso en ellos se multiplican tanto los suicidios. La Iglesia tiene sus razones cuando enseña una ascética de lucha y de vencimiento propio. Esta superación del hombre sobre sí mismo, aunque exige esfuerzo y sacrificio, llena también de satisfacciones la vida.

La felicidad no está en tener muchas cosas, sino en saber disfrutar de lo que se tiene. La felicidad brota de lo más íntimo de nuestro ser.



Noveno Mandamiento
 EL NOVENO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES:
NO CONSENTIRAS PENSAMIENTOS NI DESEOS IMPUROS.


Este mandamiento se refiere a los pecados internos contra la castidad: pensamientos y deseos.
Completa al sexto. Dice Jesucristo: «El que mira a una mujer casada deseándola, ya ha sido adúltero con ella en su corazón»(881).
Nuestra moral cristiana no es una moral hipócrita, que se fija sólo en lo externo; al contrario, exige una congruencia entre el acto interno de la voluntad y la acción externa.
Hoy la televisión propaga las fantasías sexuales. Es un modo de difundir la inmoralidad, pues dicen los psicólogos que la idea lleva al acto. Por eso la moral católica manda rechazar los pensamientos y deseos deshonestos.
Quien sinceramente desea evitar un acto prohibido, debe evitar también el camino que lleva a él. Se trata, naturalmente, de deseos de cosas prohibidas. Para los esposos son lícitos los deseos de todo aquello a lo que tienen derecho. Igualmente los novios pueden desear que llegue el día de su matrimonio.
Es claro que para que haya pecado en este mandamiento, como en cualquier otro, es necesario desear o recrearse voluntariamente en lo que está prohibido hacer. Quien tiene malos pensamientos, imaginaciones o deseos contra su voluntad, no peca. Sentir no es consentir. El sentir no depende muchas veces de nosotros; el consentir, siempre. El pecado está en el consentir, no en el sentir.
Siente el cuerpo, consiente el alma. Y quien peca es el alma, no el cuerpo.
No creas que has consentido en un mal pensamiento porque haya durado más o menos. Puede ocurrir que te presente la imaginación toda una película de cosas, que si se piensan sin querer, no son pecado ninguno.
Puede un pensamiento molestarte durante mucho tiempo, incluso durante días. Como una mosca pegajosa que vuelve una y otra vez. Por muchas vueltas que te dé un mosquito, mientras tú no le dejes, no te pica. Si tú no aceptas el mal pensamiento, y haces todo lo posible por rechazarlo, no sólo no pecas, sino que mereces, y mucho, a los ojos de Dios.
Debes también distinguir entre el gusto y el consentimiento. Es muy posible que sientas atracción por la cosa, que veas que te gusta, incluso que sufras conmoción orgánica, y sin embargo tu voluntad esté rechazando todo esto. Mientras tu voluntad no consienta en disfrutar de esa sensación, o en deleitarte en ese mal pensamiento, no hay pecado ninguno. No es lo mismo sentir una atracción que paladear un gusto. No es lo mismo experimentar una sensación, que aprovecharla.
Para vencer los malos pensamientos que importunan, lo mejor es despreciarlos y distraerse con otra cosa. La mejor arma contra un mal pensamiento es otro pensamiento, que sea bueno. 

OCTAVO MANDAMIENTO
EL OCTAVO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES:
NO DIRAS FALSO TESTIMONIO NI MENTIRAS.

Este mandamiento manda no mentir, ni contar los defectos del prójimo sin necesidad, ni calumniarlo, ni pensar mal de él sin fundamento, ni descubrir secretos sin razón suficiente que lo justifique.
Este mandamiento prohíbe manifestar cosas ocultas que sabemos bajo secreto. Hay cosas que caen bajo secreto natural. No se puede revelar, sin causa grave, algo de lo que tenemos conocimiento, que se refiere a la vida de otra persona, y cuya revelación le causaría un daño. Esta obligación subsiste aunque no se trate de un secreto confiado, y aunque no se haya prometido guardarlo.
Para que sea un secreto legítimo no es necesario que se refiera a materias graves: secretos de Estado, secreto profesional, etc. Aunque el nombre de secreto no sea el más adecuado, cae también en este ámbito la legítima reserva que toda persona guarda sobre su vida privada y familiar. En la mayoría de los casos se trata de cosas conocidas en el círculo de los amigos, es decir, más que de ocultar algo se trata de no darle una publicidad innecesaria.
Es lícito revelar un secreto (aun el confiado) para evitar un daño muy grave al que lo posee, o al que lo confió, o a tercera persona inocente injustamente perjudicada por el que confió el secreto, o por necesidad del bien común. Pero lo que el sacerdote sabe bajo secreto de confesión no lo puede revelar por nada del mundo, ni para salvar su vida, ni para evitar una guerra mundial (ver nº 90 ).
Leer cartas no dirigidas a nosotros puede ser pecado grave(878).
Nos exponemos a enterarnos de cosas graves que no tenemos derecho a conocer; a no ser que se suponga permiso del remitente o del destinatario. Pero es lícito a los padres leer las cartas de los hijos que aún están bajo su potestad, aunque no deberían hacerlo sin causa justificada. Lo mejor es que los hijos espontáneamente se las lean cuando parezca conveniente.
También pueden los Superiores leer las cartas de sus súbditos cuando sospechan fundadamente que en ellas se contiene algo malo, o si la Regla les concede este derecho. Se exceptúan, sin embargo, las cartas dirigidas a los Superiores Mayores, y las destinadas a los confesores, que nunca deben ser leídas por nadie que no sea el destinatario.
Murmurar es difundir defectos del prójimo en su ausencia.
En materia de murmuración es posible llegar a pecado grave si se quita la fama, aunque las cosas que se dicen sean verdaderas, si son graves y no son públicas; a no ser que haya causa que lo justifique, como sería evitar un daño. Además, muchas veces, después, no se puede restituir bien la fama que se ha quitado. Pasa como cuando se derrama un cubo de agua, que nunca se puede recoger de nuevo todo el agua.
Quien con sus preguntas, interés, etc., induce eficazmente a otro para que difame injustamente al prójimo, peca, grave o levemente, contra la justicia, según la gravedad de lo que se diga.
Quien al oírlo se alegra, peca contra la caridad. Quien pudiendo impedirlo, no lo hace, peca si es un superior: por ejemplo, el padre en la familia. Un igual generalmente no tiene obligación de impedirlo, al menos obligación de pecado grave. Y si prevé que su intervención sólo ha de servir para empeorar la cosa, es mejor no decir nada; pero desde luego, tampoco puede dar muestras de aprobación a la falta. Se puede mostrar desagrado guardando silencio, no prestando atención, e incluso defendiendo o excusando al prójimo, si esto no es contraproducente. Hay personas que tienen el mal gusto de estar siempre revolviendo los defectos de los demás: se parecen a los escarabajos peloteros. En cambio, en una ocasión oí este elogio de cierta persona: «Siempre habla bien de todo el mundo». Verdad que esto segundo es mucho más bonito?
Siempre que puedas, elogia lo digno de elogio. A todo el mundo le gusta verse estimado. Y, además, todos tienen derecho a que se les reconozcan sus méritos.
Los responsables de los medios de comunicación social tienen obligación de servir a la verdad y de no ofender a la caridad.
No deberíamos hablar mal de nadie. A no ser con causa justificada, como sería al aconsejar a otro, prevenirle, etc. No es falta de caridad atacar al lobo, sino caridad con las ovejas.
Hay que saber ver el lado bueno de las cosas. Ante media botella, uno se entristece porque está medio vacía; pero otro se alegra porque todavía le queda media botella.
Una persona a quien estaban criticando de otra pidió una hoja de papel y en el centro puso un punto.
Entonces preguntó a la criticona:
- Tú qué ves aquí?
- Un punto negro.
- Pues yo veo una hoja blanca.
Eso de «piensa mal y acertarás», aunque a veces dé resultado, es muy poco cristiano. Es mil veces mejor esto otro: «piensa bien de todos mientras no tengas razones claras que justifiquen el pensar mal».
Aparte de que la experiencia nos enseña que el hombre más mentiroso dice mayor número de verdades que de mentiras, y que el más malvado hace muchas más acciones buenas o indiferentes que malas. Por eso dijo Jesucristo: «No juzguéis y no seréis juzgados»(879).
Se trata naturalmente de un juicio ligero. No se han de juzgar sin motivo desfavorablemente las acciones de los demás o las intenciones de ellas.
Es muy difícil juzgar con justicia a los demás. Las apariencias, a veces, engañan. La verdad queda oculta en el corazón. Y sólo Dios conoce el corazón de los hombres.
Algunas personas necesitan estar siempre en el candelero. Que todos las miren y admiren. Como los Gigantes y Cabezudos en algunas procesiones: se buscan un armatoste para sobresalir y ser mirados por todos. Aunque este muñeco sea de cartón-piedra y por dentro esté vacío. Pero ellos quieren sobresalir, aparecer grandes, mayores que los demás. Por eso se meten dentro de esos gigantes de feria. Y si no encuentran el muñeco que les aúpe, se ponen una gran cabeza de cartón como los cabezudos: critican todo y a todos; porque sólo ellos tienen siempre la verdad en todo. Los demás son ignorantes, ingenuos o malvados. Todos riegan fuera del tiesto. Los únicos que saben lo que hay que hacer para acertar son ellos. Lo malo es que hay una gran desproporción entre su cabezota de cartón y su corazón, que, quizás, tiene también mucho de cartón.
70,5. La calumnia es quitar la fama al prójimo atribuyéndole pecados o defectos que no tiene, o faltas que no ha cometido.
Hay obligación de restituir la fama o la honra que se ha quitado, y reparar los daños que se hayan seguido, si han sido previstos, al menos, en confuso.
La calumnia será grave o leve según que la materia de la calumnia sea grave o leve. Pero advierten los moralistas que en esto es muy fácil llegar a la gravedad, por lo mucho que el hombre estima su propia fama. Todo el mundo da más valor a su propia honra que a un puñado de monedas.
Puedes restituir la fama hablando bien de la persona de quien antes hablaste mal, alabándola en otras cosas -si lo que dijiste era verdadero-, o diciendo que te has enterado de que aquello que contaste no es verdad -si lo que dijiste fue falso-. A no ser que parezca más prudente dejar ya todo en el olvido.
La mentira debe evitarse porque es pecado. Pero generalmente es pecado venial. La mentira será grave si hace daño grave a otros.
La mentira debe evitarse, además, por el daño que nos hace a nosotros mismos. Al embustero nadie le cree, aunque diga la verdad.
La confianza entre las personas es un gran valor. Sólo puede haber confianza cuando reina la verdad.
La mentira perturba el orden social y la pacífica convivencia entre los hombres. Sin la mutua confianza, fundada en la verdad, no es posible la sociedad humana. Todos los hombres sentimos gran atracción por la verdad, aunque a veces nos cuesta vivir siendo fieles a la verdad.
Una cosa es mentir y otra ocultar la verdad. Nunca se puede mentir.
Pero, a veces, hay que ocultar la verdad. Por ejemplo, si a un abogado le preguntan sobre asuntos secretos que no puede descubrir. Esta manera de ocultar la verdad se llama restricción mental .
Se dice que una persona habla con restricción mental, cuando da a sus palabras un sentido distinto del que naturalmente tienen.
A veces hay obligación de ocultar la verdad (sacerdotes, médicos), y otras no hay obligación de decirla: por ejemplo, a quien hace preguntas indiscretas. «Mentir es negar la verdad a quien tiene derecho de saberla»(880).
Nadie está obligado a revelar una verdad a quien no tiene derecho de conocerla.
En filosofía cristiana son posibles y aceptadas dos nociones de mentira: la de la negación de la verdad, sin más; y la de la negación de la verdad al que tiene derecho de saberla. Tanto una como otra definición se apoyan en los mismos datos ontológico-morales. La primera admite las restricciones mentales. En el segundo caso, cuando uno pregunta sin derecho, se le puede contestar cualquier cosa; pues a su indiscreción, en preguntar lo que no debe, se le puede oponer nuestra discreción en no responderle. De suyo el interlocutor tiene derecho a la verdad. Es la base de las relaciones humanas. Pero hay casos en los que hay que ocultar la verdad a quien no tiene derecho de saberla.
Entre los bienes que posee el hombre se encuentra la capacidad de expresar y comunicar los pensamientos y afectos mediante la palabra... El buen empleo de la palabra es para todos un deber de justicia. Sin este recto empleo no sería posible convivir... La maldad de la falta de veracidad es algo patente: incluso los que mienten ven mal que se utilice contra ellos la mentira... El prójimo tiene derecho a que hablemos con verdad, pero no tiene derecho -salvo en casos excepcionales- a que revelemos lo que puede ser materia de legítima reserva... La ocultación de la verdad es lícita cuando existe causa proporcionada.
Conviene, finalmente, advertir que no es pecado ninguno la mentira jocosa, que ni beneficia ni perjudica a nadie, que se dice para divertir, que todos pueden caer en la cuenta de que la cosa no fue así, sino que se trata de una broma que se aclara después. Por ejemplo, las inocentadas del 28 de diciembre, que todo el mundo sabe que se trata de una broma.


Séptimo Mandamiento
 EL SÉPTIMO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES:
NO ROBARÁS.
 Este mandamiento prohíbe quitar, retener, estropear o destrozar lo ajeno contra la voluntad razonable de su dueño.
Por ejemplo: le quito a un compañero su reloj de pulsera y lo vendo a otro; o no quiero devolverlo a quien me lo ha prestado; o en un momento de enfado le doy al reloj un fuerte martillazo para vengarme de mi amigo: todo esto está incluido en la prohibición del séptimo mandamiento.
Contraer deudas sabiendo que no se podrán pagar en el plazo adecuado, es un pecado muy frecuente en nuestros tiempos, en que tanta gente vive por encima de sus posibilidades.
Este mandamiento prohíbe también el fraude: robar con apariencias legales, con astucia, falsificaciones, mentiras, hipocresías, pesos falsos, ficciones de marcas y procedencias, etcétera.
Algunos modos modernos de robar son la emisión de cheques sin fondo, o la firma de letras de cambio que no podrán nunca ser pagadas.
Tan ladrón es el atracador con metralleta, como el que roba con guante blanco aprovechándose de la necesidad para sacar el dinero abusivamente. Pueden ser pecado grave los precios injustos que se ponen al abrigo de ciertas circunstancias.
Ladrones con guante blanco son también aquellos que exigen dinero por un servicio al que por su cargo estaban obligados. Es distinto recibir un regalo hecho libremente por quien está agradecido a tu servicio.
Roban igualmente los que cobran sueldo por un puesto, cargo, destino, servicio, etc., y no lo desempeñan o lo desempeñan mal.
Puede haber robos que la justicia humana no pueda castigar, pero que no dejará Dios sin castigo.
Por ejemplo, el que se niega a pagar una deuda cierta porque al acreedor se le ha extraviado el documento y no tiene testigos.
Otras clases de robo son la usura, las trampas jugando dinero y en las compraventas, etc. Para la justicia en las compraventas hay que tener en cuenta que ninguno de los contratantes quiere hacer un regalo al otro; sino que ambos aspiran a un servicio recíproco, cambiando objetos de igual valor, pero de distinta utilidad para cada uno. En todo intercambio de bienes, cada una de las partes ha de recibir la justa y correspondiente contrapartida.
Cuando el robo ha sido con violencia personal, el pecado es más grave, y por lo tanto debe manifestarse esta circunstancia en la confesión.
Lo mismo cuando se trata de un robo sacrílego: por ejemplo, robar un cáliz consagrado.
También se falta a la justicia, y a veces gravemente, cuando por negligencia se retrasan los salarios o pagos, pudiendo hacerlos a tiempo. Mientras se pueda, convendría pagar al contado, sobre todo a los que lo necesitan.

Cosas Perdidas
Las cosas perdidas tienen dueño, por lo tanto, no pueden guardase sin más. Hay que procurar averiguar quién es el dueño y devolverlas, pudiendo deducir los gastos que se hayan hecho (anuncios, etc.), para encontrar al dueño. Y tanta más diligencia habrá que poner en buscar al dueño, cuanto mayor sea el valor de la cosa. Solamente puedo quedarme con lo encontrado, cuando, después de una diligencia proporcionada al valor de la cosa, no he podido saber quién es su dueño.
Cuidar bien las cosas que usamos (autobuses, ferrocarriles, jardines, etc.) es señal de buena educación y cultura. Maltratarlas es propio de gamberros. Y además queda la obligación de reparar!

Lo robado hay que devolverlo. No se puede ni vender ni comprar.
Quien adquiere objetos que sabe son robados se hace cómplice del robo y está obligado a la restitución. Quien compra a un ladrón, carga con la obligación de devolver lo robado a su verdadero dueño o dar a los pobres el dinero de su valor.
Quien peca contra este mandamiento debe tener propósito de devolver lo robado y reparar los daños ocasionados, para que se le pueda perdonar el pecado. La restitución no es siempre fácil. El confesor puede orientar sobre el modo más a propósito para hacerla.
Sobre la restitución conviene tener presente:
1) Debe restituirse a las personas que han sido injustamente perjudicadas. Si éstas han muerto, a sus herederos. Y si no hay herederos, a los pobres o a obras piadosas. Pero nadie puede beneficiarse de lo que robó.
2) Si uno no puede restituir todo lo que debe, tiene que restituir, al menos, lo que pueda; y procurar llegar cuanto antes a la restitución total.
3) El que no puede restituir enseguida, debe tener el propósito firme de restituir cuando le sea posible.
4) El que no pueda hacer la restitución personalmente, o prefiere hacerla por medio de otro, puede consultar con el confesor.
5) El que pudiendo no restituye, o no repara los daños causados injustamente al prójimo, no obtiene el perdón de Dios: no puede ser absuelto.
No obliga la restitución si por hacerla perdemos la fama o el nivel social justamente adquirido.
Si no puedes restituir de momento, debes evitar gastos inútiles y superfluos para poder restituir todo cuanto antes. Quien se halle en absoluta imposibilidad de restituir, que procure hacer el bien al damnificado y orar por él.
Hay personas que roban cosas pequeñas por un impulso interior. Se trata de una enfermedad que recibe el nombre de cleptomanía. Conviene curarla pues puede poner, al que la padece, en situaciones vergonzosas. Pero hay otras personas que roban en Hoteles y Comercios por puro deporte, por la vanidad de presumir de ingeniosos. Esto es inmoral, vergonzoso y rebaja al que lo realiza. Y además queda la obligación de restituir al perjudicado; y si esto no es posible dando de limosna el importe de lo robado.

También peca contra este mandamiento el que en alguna manera coopera al robo, ya sea mandando, aconsejando, alabando, ayudando, encubriendo o consintiendo, pudiendo y debiendo impedirlo.
Por ejemplo: Un día a las 5:10 de la tarde, aprovechando la poca concurrencia en la calle, un taxi se detiene delante de una joyería.
Descienden del automóvil tres individuos enmascarados, pistola en mano. Entran en el establecimiento y se apoderan de joyas por valor de muchos miles de pesetas.
Suben de nuevo al taxi y desaparecen veloces. En este ejemplo han pecado gravemente:
1 . El jefe de la banda de atracadores, que no iba en el taxi, pero fue quien los mandó.
2 . Otro atracador, que tampoco estuvo en el robo, pero animó a los otros, algo indecisos, a hacerlo.
3 . El taxista, que libre y voluntariamente se ofreció a llevarlos con una buena participación en el negocio.
4 . Desde luego los tres atracadores.
5 . El pariente de uno de los atracadores que ocultó el maletín de joyas en su casa, sabiéndolo todo de antemano.
Incluso el transeúnte que les vio entrar armados en la joyería y, pudiendo fácilmente telefonear a la policía, prefirió sentarse en un banco un poco alejado, para ver cómo terminaba aquel curioso espectáculo.
Como el robo fue grave, todos éstos pecaron gravemente. Si el robo hubiera sido leve, también hubieran pecado todos ellos; pero su pecado hubiera sido venial.
La colaboración al pecado tiene diversos aspectos:
Se llama cooperación formal cuando se desea el hecho pecaminoso. Esto siempre es pecado.
Se llama cooperación material cuando no se desea el hecho pecaminoso, aunque se coopere a él.
Esta cooperación material puede ser inmediata o mediata. Inmediata será si esta cooperación es necesaria para el hecho pecaminoso. Esta cooperación también es pecado. Será mediata, si esa cooperación no es necesaria para el hecho pecaminoso. La cooperación mediata puede ser lícita con tal de que:
a) La acción del cooperante sea, en sí misma, buena o indiferente.
b) La intención del cooperante no apruebe el pecado al que coopera.
c) Haya un motivo para cooperar, pues lo que se desea es un efecto bueno.
d) El efecto bueno no sea consecuencia del efecto malo.
Es pecado grave, ordinariamente hablando, el robar a una persona una cantidad igual a su salario diario. Los robos pequeños pueden llegar a ser pecado grave, cuando se acumulan: bien por tener intención de robar mucho, poco a poco (uno solo o entre varios); bien por ir guardando lo robado; bien por robar en pequeño espacio de tiempo, aunque en diversas veces, una cantidad que, sumando las partes, llegue a ser grave. El robo será pecado grave o leve según el perjuicio que se haga. Hay que tener en cuenta la cantidad que se roba y la persona a quien se roba. Aunque hay una cantidad -llamada por los teólogos «absolutamente grave»- que, por ser grande, el robarla siempre es pecado grave.